1.- En primer
lugar, mantener la calma: el mundo no se acaba en tu empresa, plantéalo como
una oportunidad de cambio y mejora personal. El desánimo muchas veces viene
acompañado de pasividad a la hora de pedir lo que nos corresponde, y las
empresas se aprovechan de eso.
2.- Cuando te
llamen a despacho y preveas que es el momento del despido, si puedes, graba con
el móvil la conversación sin que lo sepa la otra parte. A veces verbalmente
reconocen razones reales que no las ponen en la carta de despido, tales como
discriminaciones, que serán difíciles de probar si no grabas. Recuerda que si
tú eres parte en la conversación, la grabación es legal y sirve como prueba.
3.- Firma en
todos los documentos que te pongan delante y al lado de cada firma añade la
expresión “No conforme”. Aunque el despido sea correcto y el finiquito también,
te lo has encontrado de golpe y porrazo, sin poder consultar a un especialista
o sin poder hacer números en la liquidación. Siempre puedes no reclamar, pero
en algunos escritos puede ser problemática su firma sin el “No conforme”.
Tampoco es aconsejable no firmar, porque de ese modo pueden no pagarte el
finiquito y acabas cobrando más tarde.
4.- Fíjate
mucho que coincida la cantidad de la liquidación del documento que firmas con
la que te dan en el cheque o en el justificante de la transferencia bancaria. Firmar
que has recibido la cantidad sin haberlo hecho te complica mucho la cosa si
luego la empresa se niega al pago pero alega que ya lo hizo.
5.- Si el
despido es objetivo, te tienen que pagar una indemnización de 20 días por año
trabajado. Puedes ver su valor poniendo en Google “calculadora CGPJ despidos” y
en la primera entrada poniendo el salario bruto del mes anterior añadiéndole el
prorrateo de la paga extra si no lo incorpora la nómina. Además te tienen que
pagar 15 días de preaviso si no te avisaron del despido con esa antelación (si
lo hicieron con menos días, se paga tantos como días les haya faltado).
6.- Si no es
un despido, sino la finalización de un contrato temporal, te corresponden al
menos 12 días por año trabajado.
7.- En la
liquidación te tienen que pagar lo que hayas trabajado ese mes, la parte
proporcional de la paga extra y las vacaciones que te deba la empresa (se
calculan a 2’5 días por mes trabajado). Además la indemnización si el despido
es objetivo o es finalización de un contrato temporal.
8.- Impugna el
despido! El 90% de despidos que hacen las empresas son en peores condiciones de
las que corresponden al trabajador, y muchas veces pagan antes de llegar a
juicio: pero esperan a que tengas que impugnar, ya que muchos trabajadores no
lo hacen, y así les sale a cuenta. Ah! Y el típico “ahora en unos meses tenemos previsto que suba la faena y seguramente te
volvamos a llamar” es siempre mentira; si fuese verdad no te despedirían;
es una ruin estrategia para que no impugnes. No caigas.
9.- Date
prisa, el plazo es bastante corto para impugnar: 20 días hábiles, lo que se
suele traducir en 27 o 28 días naturales. Se empieza a contar desde el día
siguiente y no cuentan sábados, domingos ni festivos. Si lo dejas para el
último día, que sea por estrategia procesal del que lo impugna, no porque te
duermas en los laureles. El tiempo apremia!
Suerte!
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