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jueves, 22 de agosto de 2013

¿Quién vigila al vigilante?






Como ya es sabido, hace unos meses asistimos al bochornoso y esperpéntico espectáculo por el cual conocíamos la militancia de Francisco Pérez de los Cobos (Presidente del Tribunal Constitucional) en el PP. La noticia ya es por si misma digna de que presentase su dimisión de inmediato en cualquier país democrático. Sin embargo lo que más me ha sorprendido fueron las reacciones al respecto; dos fueron sus argumentos a la defensiva, el primero diciendo que la Constitución no prohíbe la militancia, y el segundo que en el TC también ha habido altos cargos de gobiernos socialistas, es decir el “tu más!”. 



Su primer argumento es directamente insultante, pues tan solo hay que coger el texto constitucional del cual él mismo debe velar por su cumplimiento e interpretación: es cierto que en Título IX referido al mismo TC tan sólo prohíbe expresamente el ejercicio de cargos públicos o directivos en el partido (art. 159.4 CE), pero sin embargo en el mismo artículo señala que los miembros del TC tienen las incompatibilidades propias del poder judicial. Esto nos remite automáticamente al art. 127 CE, donde sí que dice expresamente que ni jueces, ni magistrados ni fiscales pueden pertenecer a partidos políticos ni sindicatos. Sin embargo el señor Pérez de los Cobos hace su particular interpretación del texto constitucional para permanecer en su cargo. Al fin y al cabo, ¿no es esa su tarea? 



Su segundo argumento es tan lamentable como cierto, pues no cabe duda de que tanto Partido Popular como Partido Socialista han ido incorporando a sus allegados en el TC. Es muy superficial entrar en una discusión de quién lo ha hecho más, pues en realidad debemos de cuestionarnos el sistema de elección (repartido entre las más importantes instituciones democráticas) y el uso perverso que se ha hecho de ello por parte del bipartidismo. La Constitución prevé que se deban elegir los miembros del Congreso y Senado por tres quintas partes de la bancada, con la noble intención de que los jueces sean independientes, de consenso, buenos juristas alejados de las polémicas políticas. La perversión que el bipartidismo ha hecho de este mecanismo hipoteca el sistema judicial a la continuidad del mismo sistema bipartito, ya que tres quintas partes sólo las reúnen PP-PSOE; simplemente deben repartirse el cupo, dos a cada uno. ¿Quién de esos dos? Pues quien sea, a su antojo, efectivamente des de altos cargos de gobierno hasta militantes de partido, vulnerando la propia Constitución por la que han de velar. Al fin y al cabo… ¿quién vigila al vigilante?



La polémica está servida, pues Pérez de los Cobos sigue en su cargo y sin ir más lejos el gobierno de la Generalitat de Catalunya ya ha anunciado la petición de recusación del magistrado en numerosos asuntos que están en el alto tribunal. Sin embargo mi reflexión va un poco más lejos, pues el bipartidismo ha convertido el TC en otra parcela de poder (como tantas otras que deberían ser independientes), y el día en que las urnas les impidan mantener esas parcelas usurpadas a la democracia, el actual modelo constitucional caerá como un castillo de naipes. Nada extraño por parte de unos partidos que cambian la Constitución a espaldas de la ciudadanía al son de los mercados (en verano y con nocturnidad), su interpretación en la misma dirección está asegurada con “los elegidos” del TC. Desde luego Kelsen no ideó un modelo tan perverso, pues si bien es cierto que en otros países la discusión sobre el “perfil” de cada magistrado del TC entra siempre en debate, en nuestro país no es necesario tal debate, ya nos lo dice su carnet de afiliado.


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