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miércoles, 5 de marzo de 2014

Las trampas de la banca ante las cláusulas abusivas





Desde que se dictó la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del caso Aziz (Asunto C-415/11), ha habido un verdadero terremoto en el mercado hipotecario, con importantes consecuencias no sólo para las nuevas hipotecas, sino también a las ya firmadas en la última década. La palabra mágica que llegó a las portadas de los periódicos es la de “cláusula abusiva”. Sin embargo esta mediatización ha creado una especie de “fiebre abusiva” en la que a cualquier cláusula presente en la hipoteca se la ha tendido a calificar de abusiva.





Lo primero que hay que tener en cuenta es una exacta conceptualización de la cláusula abusiva. Es cláusula abusiva la que en contra de la buena fe y en detrimento del consumidor produce un desequilibrio importante e injustificado en las obligaciones contractuales. Hablamos de cláusulas abusivas cuando son Condiciones Generales de Contratación, esto son cláusulas predispuestas cuya incorporación al contrato sea impuesta por una de las partes (art 1. LCGC). La verdadera importancia de la Sentencia del caso Aziz está en que los contratos hipotecarios (con todas sus cláusulas) están también sujetas al derecho nacional y europeo del consumidor; es decir, la realidad de la última década es que al hacer una hipoteca, el banco te ofrecía sus condiciones, y sólo en el mejor de los casos se podía negociar el tipo de interés o su diferencial. Decir que no estabas de acuerdo con una cláusula accesoria significaba la negativa de la banca a hacer la hipoteca. En la práctica era un mero contrato de adhesión en el que en muchísimos casos el consumidor no entendía prácticamente nada de lo que firmaba, pues el derecho a una información transparente, clara, concreta y sencilla brillaba por su ausencia.





Las consecuencias jurídicas de la sentencia han ido aflorando, y la más importante es la calificación de abusiva de las cláusulas suelo por parte del Tribunal Supremo (STS 1916/2013). Con un Euribor bajo mínimos en la actualidad, eliminar la cláusula suelo puede suponer importantes rebajas para del pago mensual de la hipoteca.





¿Cómo ha reaccionado la banca ante estos cambios? Pues ha utilizado las definiciones tan sencillas que he descrito antes para colar de nuevo los goles a los ciudadanos. La premisa es la siguiente: si una cláusula es susceptible a declararla abusiva por el hecho de que sea una cláusula predispuesta dentro de un contrato de adhesión, sólo hay que negociar de forma indiviadualizada esta cláusula que los jueces están tumbando; al existir una negociación individualizada, prima la autonomía de la voluntad y cae su posible nulidad.





A partir de aquí la banca utiliza su estratagema habitual de engaño y persuasiones para convertir una cláusula abusiva anulable en cláusula negociada y válida. La banca se pone en contacto con el cliente, con la típica dialéctica de que es un cliente afortunado por la oferta exclusiva que va a recibir, y ofrecen tipos de intereses mucho más bajos del que tocaría durante varios años. Pero la letra pequeña viene a decir que aceptas y has negociado esa cláusula de forma individualizada respecto al resto de la hipoteca, por lo que un juez ya no la podrá dar como nula. 
 



Dicho esto no puedo más que aconsejar las precauciones habituales en estos casos, y que afortunadamente cada vez se hacen más: nunca firmar en caliente, pedir al empleado de banca llevarnos el documento para leerlo con detenimiento fuera de la sucursal, buscar asesoramiento de alguien entendido en la materia (que estés leyendo esto ya es buena señal), y no olvidar que en caso de indefensión la Plataforma de Afectador por la Hipoteca más cercana a tu pueblo te podrán ayudar y tú podrás aportar tu granito de arena respondiendo con ellos de forma colectiva a lo que es un problema colectivo.





En el caso concreto de la cláusula suelo, seguro que encontrarán abundantes páginas que lo explican mejor que yo, peró daré cuatro consejos de forma indicativa: rechace sistemáticamente estas ofertas que ofrece la banca, es una estafa. Si su hipoteca tiene cláusula suelo tiene derecho a que se la eliminen, aplicando el tipo de interés que toque. El banco se resistirá a que esta desaparezca, si no la elimina por su cuenta (y sin engaños) hay que pedir un informe al Banco de España, en el que le responderán favorablemente sobre la improcedencia de la cláusula. Con ese informe ya puede iniciar el procedimiento judicial, le costará cierta cantidad, consígala de donde sea porque es casi seguro que ganará, pues es jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo. Normalmente antes de litigar el banco le ofrecerá la supresión de la cláusula para evitarse los costes procesales; saben que van a perder.





Más complicado, y conozco algún caso de ofertas de renegociación, es el de las hipotecas con IRPH; algunos juristas la consideran abusiva también, sin embargo en este caso no hay sentencias indicativas (tan sólo un caso, pero en una situación de ejecución).





Espero haber sido útil...





4 comentarios:

  1. Podría considerarse una clausula suelo si el banco, a sabiendas de que iba a bajar el euribor me engaño para que contratara un tipo de interés fijo durante 10 años?

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    1. No, la cláusula suelo sólo se aplica en tipos variables, pues estos responden a las fluctuaciones del mercado (para lo bueno y lo malo). Un tipo fijo tiene la ventaja (inconveniente en este caso) de que no variará y da seguridad de la cantidad a pagar a lo largo del tiempo; ningún tribunal lo consideraría abusivo por los cambios del índice de referencia (de hecho tal y como lo plantea usted, no es una cláusula sino un elemento esencial del contrato).

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  2. ¿Dónde puedo encontrar "Plataforma de Afectados por la Hipoteca" , algún tef. alguna dirección.... lo mas cercana posible a Mollet del Vallès Barcelona?

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    1. Se reunen todos los miércoles a las 19:00h en el Centro Cultural la República de Mollet

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